Baja en la Seguridad Social
30,00€
La baja en la Seguridad Social por fallecimiento, es un acto administrativo por el que se extingue la relación jurídica del fallecido con la Seguridad Social. Si el trabajador está en activo, lo normal es que la comunicación sea efectuada por la empresa, pero en caso contrario la comunicación tiene que efectuarse por los herederos.
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60,00€Solicitamos en su nombre la prestación económica de viudedad, que consiste en una pensión vitalicia que se concede a quienes hayan tenido vínculo matrimonial con el fallecido, (aunque estuvieran separados, divorciados o se hubiera declarado nulo el matrimonio), o fueran pareja de hecho con la persona fallecida y reúnan los requisitos exigidos.
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60,00€Puede ocurrir que estando vigente un contrato de arrendamiento se produzca el fallecimiento del arrendador o del arrendatario. En ambos casos puede interesar seguir con el alquiler, si este es su caso nos encargamos de realizar la notificación al arrendador, o al arrendatario en su caso, interesando la subrogación mortis causa, para llegado el acuerdo entre ambas partes no se extinga el contrato de arrendamiento por falta de notificación formal.
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