Certificado de nacimiento
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En el caso de tratarse de un acta reservada, hay que acudir personalmente al Registro Civil identificándose con DNI.
- Descripción
- Información vinvulada
Descripción
Es el documento oficial que acredita el nacimiento de una persona, contiene datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento.
El certificado se puede solicitar:
- En extracto (resumido)
- Ordinario
- Bilingüe (se puede solicitar bilingüe para las comunidades autónomas con lengua oficial)
- Internacional
- Literal (es una copia literal de la inscripción)
- Certificado negativo (para solicitarlo deben acudir los padres o representante legal, aportando partida de bautismo o parte médico)
- Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957. (Artículo 20) https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-1957-7537
- Instrucción del 20 de marzo de 2002 de la Dirección General de los Registros y del Notariado (Certificaciones telemáticas) https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2008-10329
- Reglamento del Registro Civil (Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil artículos 71-75 y 165-170 ) https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1958-18486
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