Manifestación privada de herencia
300,00€
A través de este servicio, puede aceptar la herencia sin la necesidad de ir a Notaría. Se puede hacer una manifestación y aceptación de la herencia de forma privada.
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Descripción
Si sólo va a heredar efectivo o no tiene intención de cambiar los inmuebles heredados a su nombre, cumpliendo con las exigencias fiscales (liquidación de impuestos) y legales (comunicación a Catastro), se puede redactar un documento privado, y llegado el momento en que deseen vender los inmuebles heredados, se elevaría a público el mencionado documento.
Un abogado redactará el documento de manifestación privada de herencia, en el que constará quiénes son los herederos y una descripción detallada de los bienes.
- Resolución General de la Dirección del Registro y del Notariado https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2008-1804
- Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la Ley Hipotecaria www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1946-2453
- Código Civil y legislación complementaria https://www.boe.es/.../codigos/codigo.php?id=034_Codigo_Civil_y legislación complementaria
- Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la Ley Hipotecaria www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1946-2453
- Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la Ley Hipotecaria www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1946-2453
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