Reclamación de deudas de las que el fallecido era acreedor
Al ser heredero se adquieren bienes, derechos y obligaciones, por lo que si el causante era titular de un derecho de crédito, usted pasa a estar en su postura jurídica, por lo que podemos reclamar la deuda de forma amistosa o incluso utilizando las acciones legales oportunas, siempre en defensa de sus intereses.
Llámenos o rellene el siguiente formulario para solicitar información sin compromiso.
- Información vinculada
Código Civil BOE
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763
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Tras el fallecimiento del empresario, bien se trate de una empresa familiar, individual o bien de una empresa de la que el causante fuese titular de acciones o participaciones, cumplimentamos todas las exigencias legales y tributarias, observando todos los trámites y plazos previstos para la sucesión de empresas y negocios.
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60,00€Cuando hereda un vehículo es necesario cumplir con la legalidad vigente, acudiendo a la Dirección General de Tráfico para realizar el cambio de titularidad. Nosotros nos ocupamos de la liquidación del impuesto pertinente y del referido cambio.
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15,00€En el caso de tratarse de un acta reservada, hay que acudir personalmente al Registro Civil identificándose con DNI.
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Add to cartQuick ViewPensión en favor de familiares
60,00€Solicitamos por usted, la prestación económica consistente en una pensión que se concede a aquellos familiares que hayan convivido y dependido económicamente de la persona fallecida y que reúnan los requisitos exigidos.
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