
Certificado de nacimiento
15,00€
En el caso de tratarse de un acta reservada, hay que acudir personalmente al Registro Civil identificándose con DNI.
- Description
- Información vinvulada
Description
Es el documento oficial que acredita el nacimiento de una persona, contiene datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento.
El certificado se puede solicitar:
- En extracto (resumido)
- Ordinario
- Bilingüe (se puede solicitar bilingüe para las comunidades autónomas con lengua oficial)
- Internacional
- Literal (es una copia literal de la inscripción)
- Certificado negativo (para solicitarlo deben acudir los padres o representante legal, aportando partida de bautismo o parte médico)
- Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957. (Artículo 20) https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-1957-7537
- Instrucción del 20 de marzo de 2002 de la Dirección General de los Registros y del Notariado (Certificaciones telemáticas) https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2008-10329
- Reglamento del Registro Civil (Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil artículos 71-75 y 165-170 ) https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1958-18486
Related Products
-
Add to cartQuick View
Impuesto de sucesiones (ISD para herencias)
Asesoría, confección de documentos y liquidación del impuesto de sucesiones en 48 horas.
Add to cartQuick View -
Read moreQuick View
Herencias para no residentes
Mediante este servicio un abogado colegiado se pone a su disposición, y se ocupa desde la solicitud de certificados hasta la adjudicación de la herencia, incluyendo el cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales y la inscripción en los correspondientes Registros de la Propiedad.
Read moreQuick View -
Add to cartQuick View
Subsidio a favor de familiares
A través de este servicio, solicitamos en su nombre esta prestación económica, que consiste en un subsidio temporal que se concede a los familiares que hayan convivido y dependido económicamente con la persona fallecida y reúnan los requisitos exigidos.
Add to cartQuick View -
Add to cartQuick View
Pensión de orfandad
Nos encargamos de realizar los trámites necesarios para solicitar esta prestación económica, consistente en una pensión que se concede a los hijos de la persona fallecida y a los aportados por su cónyuge, que reúnan los requisitos exigidos.
Add to cartQuick View -
Read moreQuick View
Sucesión de empresas y negocios
Tras el fallecimiento del empresario, bien se trate de una empresa familiar, individual o bien de una empresa de la que el causante fuese titular de acciones o participaciones, cumplimentamos todas las exigencias legales y tributarias, observando todos los trámites y plazos previstos para la sucesión de empresas y negocios.
Read moreQuick View -
Add to cartQuick View
Pensión en favor de familiares
Solicitamos por usted, la prestación económica consistente en una pensión que se concede a aquellos familiares que hayan convivido y dependido económicamente de la persona fallecida y que reúnan los requisitos exigidos.
Add to cartQuick View -
Read moreQuick View
Reclamación por muerte por accidente imputable a terceros
Nos ocupamos de todos los trámites para conseguir la indemnización que le corresponde como heredero de la persona que ha fallecido por accidente imputable a terceros.
Read moreQuick View -
Add to cartQuick View
Manifestación privada de herencia
A través de este servicio, puede aceptar la herencia sin la necesidad de ir a Notaría. Se puede hacer una manifestación y aceptación de la herencia de forma privada.
Add to cartQuick View -
Read moreQuick View
Gestión integral
Nos encargamos de todos los trámites legales necesarios para llevar a cabo una herencia.
Read moreQuick View -
Add to cartQuick View
Baja en la Seguridad Social
La baja en la Seguridad Social por fallecimiento, es un acto administrativo por el que se extingue la relación jurídica del fallecido con la Seguridad Social. Si el trabajador está en activo, lo normal es que la comunicación sea efectuada por la empresa, pero en caso contrario la comunicación tiene que efectuarse por los herederos.
Add to cartQuick View