Impuesto de sucesiones (ISD para herencias)

  • "Título sucesorio" is a required field.
  • "Certificado de defunción" is a required field.
  • "Certificado de últimas voluntades" is a required field.
  • "Certificado de seguros con cobertura por fallecimiento" is a required field.
  • "Escrituras de propiedad" is a required field.
  • "IBIS" is a required field.
  • "Certificados de saldos, valores..." is a required field.
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Impuesto de sucesiones (ISD para herencias)

90,75

Asesoría, confección de documentos y liquidación del impuesto de sucesiones en 48 horas.

  • Descripción
  • Plazos de presentación
  • Información vinvulada

Descripción

Contratando este servicio, le ofrecemos a través de un abogado especializado en sucesiones:

  • Asesoramiento e información fiscal sobre este impuesto (legislación aplicable, beneficios fiscales, etc.)
  • Confección de los modelos de declaración y liquidación del impuesto de sucesiones (modelos 650-651) de cualquier Comunidad.
  • Redacción de documento indicando que documentación se debe presentar junto con el impuesto, indicándole el lugar de presentación y, en su caso, de pago del impuesto.
  • Plazo de entrega de 48 horas.
  • El plazo para liquidar el impuesto de sucesiones, en principio es de seis meses desde el fallecimiento del causante, si bien es cierto, cabe una prórroga de otros seis meses. Hay que decir que cabe alguna especialidad tratándose de territorios con autonomía fiscal, como por ejemplo el País Vasco y Navarra.
  • Aunque el pago del impuesto esté exento, es decir, que no tenga que pagar nada, es obligatorio presentar en la Hacienda Autonómica correspondiente declaración o autoliquidación, según los caos. Y en caso de no hacerlo se puede incurrir en sanciones, que pueden ir de 100 a 200 €, según haya mediado o no requerimiento de la Administrador.