Localización de seguros de vida
20,00€
El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento es el documento que acredita los contratos vigentes, en los que figuraba como asegurada la persona fallecida y con qué entidad aseguradora. En caso de no constar asegurada en ningún contrato, queda acreditado en el certificado que se emite.
- Descripción
- Información vinculada
Descripción
Los contratos de seguro sobre los que es posible obtener un certificado son los relativos a los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte del asegurado, ya se trate de pólizas individuales o colectivas.
No se expiden certificados respecto de:
- Los seguros que instrumentan compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios regulados en el Real Decreto 1588/1999. De 19 de octubre.
- Los seguros en los que, en caso de fallecimiento del asegurado, coincidan tomador y beneficiario.
- Los contratos suscritos por mutualidades de previsión social que actúen como instrumentos de previsión social empresarial, mutualidades de profesionales colegiados y mutualidades cuyo objeto exclusivo sea otorgar prestaciones o subsidios de docencia o educación.
Los datos sobre los seguros están disponibles en el Registro cinco años desde la fecha de fallecimiento.
- Real decreto 398/2007, de 23 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguro con Cobertura de Fallecimiento. https://www.boe.es/boe/dias/2007/04/19/pdfs/A17158-17196.pd
- Resolución de 13 de enero de 2011 (certificados telemáticos de últimas voluntades y contratos de seguro con cobertura por fallecimiento y tasa modelo 790) https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-913
Related Products
-
Añadir al carritoQuick View
Subsidio a favor de familiares
A través de este servicio, solicitamos en su nombre esta prestación económica, que consiste en un subsidio temporal que se concede a los familiares que hayan convivido y dependido económicamente con la persona fallecida y reúnan los requisitos exigidos.
Añadir al carritoQuick View -
Añadir al carritoQuick View
Declaración de herederos abintestato
Puede que el fallecido no hubiese hecho testamento, tal como constará en el Certificado de Últimas Voluntades. Si este es su caso, es necesario que un Notario declare quienes son los herederos llamados con arreglo a Ley.
Añadir al carritoQuick View -
Leer másQuick View
Gestión integral
Nos encargamos de todos los trámites legales necesarios para llevar a cabo una herencia.
Leer másQuick View -
Leer másQuick View
División judicial de herencia
La división del patrimonio hereditario es el procedimiento específico para aquellos supuestos en los que el testador no hace la partición de sus bienes, ni encomienda la simple facultad de hacerla a cualquier persona que no sea uno de los coherederos, ni hay designación judicial de dicha persona, ni los herederos se ponen de acuerdo, pudiendo a través de este procedimiento ejercitar su derecho a partir la herencia conforme a la ley.
Leer másQuick View -
Añadir al carritoQuick View
Documento de manifestación y adjudicación de herencia a heredero único
Un documento con pleno valor legal a efectos de liquidación de impuestos, de inscripciones en el Registro de la Propiedad y de comunicaciones con Catastro, suponiéndole un coste muy inferior al otorgamiento ante Notario.
Añadir al carritoQuick View -
Leer másQuick View
Procedimientos catastrales
Realizamos el cambio de titularidad en el Catastro de los Bienes Inmuebles heredados sin necesidad de haber realizado la herencia en documento público.
Leer másQuick View -
Añadir al carritoQuick View
Pensión en favor de familiares
Solicitamos por usted, la prestación económica consistente en una pensión que se concede a aquellos familiares que hayan convivido y dependido económicamente de la persona fallecida y que reúnan los requisitos exigidos.
Añadir al carritoQuick View -
Añadir al carritoQuick View
Baja en la Seguridad Social
La baja en la Seguridad Social por fallecimiento, es un acto administrativo por el que se extingue la relación jurídica del fallecido con la Seguridad Social. Si el trabajador está en activo, lo normal es que la comunicación sea efectuada por la empresa, pero en caso contrario la comunicación tiene que efectuarse por los herederos.
Añadir al carritoQuick View -
Añadir al carritoQuick View
Certificado de nacimiento
En el caso de tratarse de un acta reservada, hay que acudir personalmente al Registro Civil identificándose con DNI.
Añadir al carritoQuick View -
Añadir al carritoQuick View
Cambios de titularidad de vehículos
Cuando hereda un vehículo es necesario cumplir con la legalidad vigente, acudiendo a la Dirección General de Tráfico para realizar el cambio de titularidad. Nosotros nos ocupamos de la liquidación del impuesto pertinente y del referido cambio.
Añadir al carritoQuick View